"Las nuevas medidas fiscales aún son bastante desconocidas para el canal"

Francisco Segalerva, asesor jurídico de Ingram Micro para el sur de Europa

Este mes de abril se cumplen cuatromeses de la entrada en vigor de la ley 6/2000 por la que se aprobaron una serie de beneficios fiscales a la hora de adquirir equipamiento informático. Aunque aún es pronto para obtener datos fiables sobre cómo han incidido estas medidas en el canal y a la espera de la reacción del mercado, Dealer World 15 ha hablado con Francisco Segalerva, asesor jurídico de Ingram Micro para el sur de Europa quien nos ha valorado la situación actual de la ley.

Después de la puesta en marcha de la nueva ley sobre deducciones fiscales, ¿se ha apreciado un aumento de la demanda de equipamiento informático?
- En relación con los clientes, con la cadena de distribución en general, estos proyectos están prácticamente en fase de inicio por lo que, a la altura a la que estamos, no hay ningún sector que destaque claramente respecto a los otros en cuanto a demanda. Supongo que estaremos en posición de ver si estas medidas van calando en la red a finales del segundo trimestre, dentro de 2 ó 3 meses, fecha en la que las empresas empiezan a pensar en su planificación fiscal de cara al cierre del ejercicio.

¿Qué sectores se han visto más afectados por estas medidas?
- Básicamente, la pequeña y mediana empresa sin que importe el tipo de actividad, aunque las medidas relativas a la formación del personal son aplicables a cualquier tipo de empresa. Puede resultar confuso porque se barajan dos criterios. Uno es el de empresa de reducida dimensión, es decir, toda aquella empresa, sea sociedad o no, que facture menos de 3 millones de euros al año, y otro es el del impuesto sobre el que se pueden aplicar desgravaciones. Con frecuencia no se advierte que el impuesto de sociedades no es el impuesto que pagan todas las empresas de reducida dimensión. La empresa de explotación individual, como empresario o profesional individual, que estaría encuadrada perfectamente en la categoría de empresa de reducida dimensión por su facturación, y no está sujeta al Impuesto de Sociedades, sino al Impuesto sobre la Renta. Con el texto de la ley 6/2000 se hubiera creado una desigualdad entre un tipo u otro de empresa por el hecho de ser o no ser sociedad, que era preciso corregir y que es lo que la disposición adicional segunda de la Ley 14/2000 ha venido a remediar.

¿Cree que estas medidas son suficientes en cuanto a su ámbito de aplicación y en la cantidad a deducir, un 10 por ciento, de la cuota íntegra de las inversiones en equipamientos, servicios y formación?
- En cuanto al ámbito de aplicación, creo que se ha quedado algo corta. En cuanto al importe de la deducción, supongo que sí, ya que es de cuantía similar a la de muchos otros incentivos de este estilo. Hay que tener en cuenta que, además, va combinada con un régimen de amortización acelerada de la inversión, con lo cual el primer año no sólo tienes un ahorro directo en la cuota del Impuesto de Sociedades sino que durante 3 años, el de la inversión y dos más, la empresa puede beneficiarse de la amortización acelerada de la inversión. Sin embargo, no sería suficiente el ámbito de aplicación porque fundamentalmente ha quedado fuera la microempresa, que, por su dimensión, suele pagar sus impuestos en el sistema de estimación por módulos. Igualmente, se echan en falta medidas relativas al fomento del uso de herramientas informáticas por parte de los particulares, que en otros países ha recibido una serie de incentivos por parte del Gobierno.

La nueva ley contempla la mejora de los recursos internos al incorporar nuevas tecnologías, especialmente las relativas al acceso a Internet y en lo referente a realización de actividades comerciales a través de la Red. Después de la crisis por la que están pasando las empresas “punto com”, ¿cree que vamos a asistir a un auge de estas PYMES en Internet?
- Ése tendría que ser el resultado de la aplicación de la ley. Habrá que ver si la situación económica general y la situación concreta de cada empresa, aparte de los recelos que despierta la Nueva Economía en varios sectores, harán que esto resulte posible o contribuirán a frenar estas posibilidades de desarrollo. De momento, las medidas aprobadas han puesto una pista de despegue, falta por ver si los aviones serán capaces de volar o a qué altura lo harán.

¿Contemplan estas ayudas las posibilidades de renovación del equipamiento informático a más de un año vista?
- Las medidas están vigentes desde junio del año pasado lo que ocurre es que, por motivos de los ejercicios contables y fiscales de las empresas, para la mayoría, los beneficios han sido de aplicación sólo a partir del 1 enero de 2001. Por lo general, este tipo de medidas, por la experiencia en otros países, se han mantenido, al menos, durante un par de años y, salvo que haya algún cambio de importancia en la política fiscal del Gobierno, no creo que haya ningún obstáculo para que, por lo menos, sigan vigentes durante 2 ó 3 años más. Así, se permite que una empresa no tenga que hacer toda su inversión en un momento dado, sino que pueda ir programándola de la mejor manera posible en relación a su situación productiva, económica y fiscal. Todo el equipo adicional que pueda ir comprando y cumpla con los requisitos que marca la ley, mientras ésta esté vigente, le permitirá seguir desgravando.

¿Existen expectativas de cuánto pueden crecer las ventas del canal y de Ingram Micro, en particular, gracias a estas medidas fiscales?
- Todavía es prematuro. Quizá cuando se hayan cerrado 2 ó 3 meses a partir de la puesta en marcha de estos planes de conocimiento y formación se pueda empezar a recoger el fruto de todo este trabajo. Es un problema importante el hecho de que, en lo que atañe a la Administración Pública, esta ley apenas ha tenido difusión y no ha habido una campaña institucional. Por tanto, salvo por la labor realizada por los fabricantes y distribuidores, y por la prensa, es difícil que quien no tenga acceso al BOE haya tenido conocimiento detallado de estas medidas. Asimismo, con vistas a la planificación fiscal de las empresas, el momento idóneo para que éstas consideren este tipo de inversiones suele ser cuando se va aproximando el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Uno de los aspectos clave de esta nueva ley incide en el hecho de que también se financiarán total o parcialmente equipos informáticos para el uso personal del empleado en su casa. ¿De qué depende que esta financiación sea parcial o total?
- La ley prevé varias posibilidades. Una de ellas es que la empresa regale al empleado un equipo para que él se pueda formar en su hogar. Otra posibilidad es que se lo ceda sólo para su uso y luego lo recupere. Existen otras posibilidades, como que la empresa le financie la compra del equipo informático totalmente o en parte. Por lo tanto, la empresa siempre será la que decidirá, según sus posibilidades, si le regala el equipo, se lo cede durante un tiempo y luego lo recupera, o bien le ayuda a financiarlo, siempre dentro de sus posibilidades. En este punto la ley es bastante flexible.

¿Considera que el canal de distribución está suficientemente informado sobre esta ley?
- Según se ha podido comprobar, estas medidas son aún bastante desconocidas aunque, desde medi

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