Distribución

Justicia reformará el código penal para proteger a la distribución del hurto

Ha sido durante la presentación del informe "la pérdida en la gran distribución comercial" cuando Rafael Catalá, Ministro de Justicia, ha explicado en qué consisten las novedades que se van a introducir en el código penal y que tienen el objetivo de luchar contra la delincuencia organizada, culpable de más del 70 por ciento de los hurtos en la distribución.

Ministerio de Justicia

 

Según el estudio “la pérdida en la gran distribución comercial” realizado por AECOC y la consultora EY, y que recoge EFE, las pérdidas directas por hurtos comerciales alcanzan los 1.600 millones de euros anuales, lo que supone el 0,8 por ciento del total de las ventas del sector. De estos, el 62 por ciento (992 millones de euros) son hurtos externos, un 22 por ciento (352 millones) se deben a hurtos internos, y un 16 por ciento (256 millones) corresponden a errores de gestión o administración.

Ante este panorama, Rafael Catalá, Ministro de Justicia, ha anunciado novedades en el código penal. El objetivo es reducir las pérdidas que sufre este sector. Para ello se suprimirá la falta de hurto y se introducirá un supuesto agravado aplicable a la delincuencia profesional y organizada. No en vano, la mitad de los hurtos son cometidos por bandas organizadas, mientras que un 31 por ciento los realizan ladrones profesionales. "Sólo un 19 por ciento se llevan a cabo por clientes puntuales”, destaca el estudio.

Ésta no va a ser la única novedad que el Ministerio de Justicia incorpore al nuevo código penal en materia de robos a la distribución. Los supuestos de menor gravedad, que anteriormente se sancionaban como falta, se regularán como delitos leves. Además, se excluirá la consideración de leves en todos aquellos delitos en los que concurra alguna circunstancia de agravación. Esto supone que un delincuente puede ser condenado como autor de un tipo agravado que está castigado con penas de uno a cuatro años de prisión.

Otra de las modificaciones que planea el Ministerio de Justicia afecta al catálogo de agravantes específicas de los delitos patrimoniales. Así, estos pasarán a ser aplicables a los delitos de hurto y a todas las modalidades de robo e incluirán los supuestos de aprovechamiento de la situación de desamparo de la víctima, profesionalidad delictiva, utilización de menores de edad, portes de armas y actuación conjunta de varios miembros de un grupo u organización dedicados a la comisión de estos delitos. Además, se introducirá un tipo agravado en el delito de receptación cuando se trate de bienes o efectos de especial protección o cuya sustracción conlleve un delito contra el patrimonio de mayor gravedad, el robo con fuerza “pasará a incluir los supuestos en los que la fuerza se utiliza para abandonar el lugar con el botín”,  y se incluirá un nuevo supuesto agravado determinado por el modo en que se lleve a cabo el hurto (butrones o alunizajes) o la gravedad de los daños causados.

El último Barómetro Mundial del Hurto en la Distribución 2013-2014, realizado por Check Point, desvelaba que España es el segundo país de Europa y el quinto a nivel mundial con más hurto en el comercio minorita.



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