La AEPD insta a esperar la sentencia del TJUE sobre el derecho a enlazar
Tras conocer las conclusiones del abogado general del tribunal de Justica de la Unión Europea (TJUE), Nilo Jääskinen, sobre "el derecho al olvido" en Internet, y en las que destaca el derecho de Google a enlazar, la Agencia Española de Protección de Datos ha dado su opinión.
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AAsí, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) recuerda que éstas no son vinculantes, aunque reconoce “su gran relevancia” y recomienda que se espere a que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictamine.
Asimismo, la AEPD destaca que en algunos puntos, las conclusiones coinciden con la postura de la agencia y afirma que su intención es la de aclarar que “las resoluciones en las que ampara a los ciudadanos que solicitan que se ponga fin a la difusión de sus datos personales no interfieren en ningún caso en las libertades de expresión y de información. Las solicitudes de tutela se deniegan siempre que versan sobre informaciones actuales o que poseen algún grado de relevancia o interés público. Únicamente se conceden cuando, tras el oportuno análisis del caso concreto, se concluye que se trata de informaciones personales que, además de ser obsoletas, carecen de cualquier relevancia o interés público y su difusión generalizada está generando una lesión de los derechos del solicitante”.
Asimismo, y en el comunicado, la Agencia Española de Protección de Datos, afirma que en sus peticiones no se requiere requiere la modificación o alteración de las fuentes originales”, sino “que se ponga fin a su difusión general a través de los buscadores”.