La AEPD insta a esperar la sentencia del TJUE sobre el derecho a enlazar

Tras conocer las conclusiones del abogado general del tribunal de Justica de la Unión Europea (TJUE), Nilo Jääskinen, sobre "el derecho al olvido" en Internet, y en las que destaca el derecho de Google a enlazar, la Agencia Española de Protección de Datos ha dado su opinión.

Usuaria Internet

AAsí, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) recuerda que éstas no son vinculantes, aunque reconoce “su gran relevancia” y recomienda que se espere a que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictamine.

Asimismo, la AEPD destaca que en algunos puntos, las conclusiones coinciden con la postura de la agencia y afirma que su intención es la de aclarar que “las resoluciones en las que ampara a los ciudadanos que solicitan que se ponga fin a la difusión de sus datos personales no interfieren en ningún caso en las libertades de expresión y de información. Las solicitudes de tutela se deniegan siempre que versan sobre informaciones actuales o que poseen algún grado de relevancia o interés público. Únicamente se conceden cuando, tras el oportuno análisis del caso concreto, se concluye que se trata de informaciones personales que, además de ser obsoletas, carecen de cualquier relevancia o interés público y su difusión generalizada está generando una lesión de los derechos del solicitante”.

Asimismo, y en el comunicado, la Agencia Española de Protección de Datos, afirma que en sus peticiones no se requiere  requiere la modificación o alteración de las fuentes originales”, sino “que se ponga fin a su difusión general a través de los buscadores”. 



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