Histórico

Un juez considera que el intercambio P2P es legal

La polémica alrededorde las redes de intercambio P2P continúa. La última "batalla" se libra en los tribunales y, por el momento, la perdedora ha sido la Sociedad General de Autores, tras la sentencia de un juez de Barcelona que considera que P2P no es delito.

El Juzgado Mercantil número 7 de Barcelona ha sido el protagonista de la última batalla que se libra en relación a la piratería por Internet. Y es que ha considerado que las redes de intercambio P2P no vulneran la Ley de Propiedad Intelectual, al no haber ánimo de lucro ni difusión masiva.

Todo empezó cuando la Sociedad General de Autores (SGAE) solicitó medidas cautelares contra una página web que incluye enlaces a otras páginas para descargar contenidos audiovisuales. Esta web, que se puso en marcha en octubre de 2007, no tenía ingresos por publicidad, las descargas son libres, ilimitadas y gratuitas. Según la sentencia, este hecho hace que  la página actúe como “cartel publicitario” de otros sitios, además de que no todo el contenido está sujeto a derechos de autor.

Cabe señalar que en opinión del juez, la Ley de Propiedad Intelectual “no prohíbe, con carácter general, las redes P2P", ya que éstas son "meras redes de transmisión de datos entre usuarios de Internet". Añade también que "introducir una obra fonográfica o videográfica en el programa Emule que ha sido previamente convertida a un archivo informático, compatible con dicho programa, no constituye un acto de reproducción", por lo que no puede ser sancionado como tal.


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