Reportaje
PYME
PYME

SII: una necesaria modernización de procesos y una recaudación extra de 800 millones

El SII es un sistema telemático de gestión de IVA que obligará a presentar en modo 'online' los detalles de las facturas recibidas y emitidas en un plazo de tan sólo cuatro días hábiles a la Agencia Tributaria.

IVA

30 años después de la implantación del IVA era necesario actualizarlo a los tiempos que corren. El resultado es el Suministro Inmediato de Información (SII), al que este mes dedicamos un reportaje en DealerWorld.

Decíamos que era necesario un cambio. La Agencia Española de Tributaria (AEAT) lo justifica señalando que “el vigente sistema de gestión del IVA lleva funcionando, con las necesarias adaptaciones, desde hace más de 30 años. Sin embargo, la situación tecnológica actual permite la implementación de un nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) del IVA en este momento, mejorando de esta forma el control tributario y la asistencia al contribuyente en el cumplimiento de sus obligaciones”.

¿Qué podemos contar de este nuevo sistema? En primer lugar, la medida entra en vigor solamente para empresas que facturen más de 6 millones de euros. También se incluirán en la norma aquellas empresas que tributen en el Régimen Especial de grupos de IVA y todos aquellos que lo soliciten de manera voluntaria. Se calcula que, al menos, serán alrededor de 62.000 contribuyentes. El colectivo que va a ser incluido obligatoriamente en el “SII” está integrado por todos aquellos sujetos pasivos cuya obligación de autoliquidar el Impuesto sobre el Valor Añadido sea mensual.

Se estima, según explica la empresa SanPer Asesores que, con el tiempo, “el uso de esta práctica afectará a un 80% de los sujetos pasivos de IVA. Los libros registros de IVA se mantendrán actualizados en la propia Agencia Tributaria, lo que conllevará la supresión de importantes obligaciones formales como el no tener que presentar el modelo anual 347 (operaciones con terceros mayores de 3.000 euros) y la reducción de los plazos para la devolución de IVA, ya que Hacienda no tendrá que hacer comprobaciones por disponer ya de todos los datos, así como gozar de la disminución de requerimientos”.

Puede leer el resto del reportaje aquí.



Revista Digital

Revistas Digitales

DealerWorld Digital

 



Otros Contenidos

Registro:

Eventos: